Recientemente se nos ha entregado a las organizaciones sindicales el borrador del Acuerdo de protección de la maternidad de las empleadas al servicio de la administración pública de la CARM para que hagamos las aportaciones que consideremos oportunas.
El borrador se ciñe básicamente a cumplir con el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales comunicando que la situación protegida por dicho acuerdo será la relacionada exclusivamente con agentes, procedimientos o condiciones de trabajo del puesto desempeñado por la trabajadora gestante o lactante. Por eso en su desarrollo se habla de que la situación objeto de protección serán los riesgos y patologías que puedan influir en la salud de la trabajadora.