VALORACIÓN DE STERM INTERSINDICAL DE LA ORDEN DE ATENCION PREFERENTE

El pasado 12 de enero la Consejería de Educación publicó la Orden de 30 de diciembre por la que se regulan los puestos y centros docentes de atención educativa preferente en la CARM, necesaria desde hace tiempo pero que, tras un periodo de negociación, no ha tenido en cuenta gran parte de las reivindicaciones realizadas desde esta organización, por lo que STERM-Intersindical no apoyó esta orden.

Gracias a las aportaciones de la afiliación STERM reivindicó:

  • Ampliar el objeto de esta orden a

–  Todos los centros de Educación Especial. Sin embargo, sólo se acepta para puestos docentes, lo que nos parece un agravio comparativo con el personal no docente que trabaja en ellos.

–  A todas las aulas unitarias, no solo a las que no están adscritas a un CRA.

– A la atención domiciliaria.

  • Medidas de apoyo

– Las medidas de apoyo propuestas en la orden siguen siendo muy genéricas. No se concreta el reconocimiento de méritos, flexibilidad para establecer horarios, reducción del horario lectivo y ampliación del complementario, dotación de profesorado adicional, ampliación del horario del EOEP, dotación de más personal no docente (auxiliar administrativo, intérprete, mediador social) y coordinación con los ayuntamientos a través de las concejalías de Educación y Servicios Sociales.

– Pedíamos posibilitar al personal interino la continuidad en estos puestos independientemente del bloque en el que se encuentren.

  • Requisitos

–  No se especifican los porcentajes, dejándolo abierto para las sucesivas convocatorias, que tampoco queda claro con qué periodicidad se van a publicar. Además, se han eliminado indicadores que considerábamos imprescindibles como el alumnado con desconocimiento del castellano, centros con índices elevados de alumnado que viven situación de desventaja social, cultural y/o económica (en riesgo de exclusión social) y centros con índices elevados de alumnado que presenta conductas disruptivas.

  • Otros

– Se pedía la actualización del listado de centros de difícil desempeño.

– Incluir a las organizaciones sindicales en la comisión de valoración.

– Que esta orden no supusiera perder nada de lo que hay hasta el momento, puesto que no asegura la disminución de ratios.

En definitiva, parece que lo único que va a cambiar esta orden va a ser el trabajo extra que van a tener que realizar los centros, que además sólo dispondrán de dos cursos para conseguir y evaluar los objetivos, período claramente insuficiente y que, además, quedará única y exclusivamente en manos de la Consejería el que continúen o no siendo centros de atención educativa preferente.

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