Publicada en BORM la Orden por la que se nombran los órganos de selección que han de valorar los procedimientos selectivos.
ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN: (Base 6 de la Orden de convocatoria)
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo con la debida justificación documental, cuando tengan interés personal, parentesco, amistad o enemistad manifiesta, haber realizado tareas de preparación de aspirantes…
El plazo para manifestar la abstención será de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal por los mismos motivos.
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