LICENCIAS Y PERMISOS, REDUCCIÓN DE JORNADA Y EXCEDENCIAS

-LICENCIAS Y PERMISOS

MANUAL DE LICENCIAS Y PERMISOS 2024

Procedimiento para la presentación de solicitudes:

  • Los solicitantes se identificarán en todo momento a la hora de tramitar su solicitud indicando sus datos personales completos (apellidos, nombre, DNI y centro de destino).
  • Las solicitudes de licencias y permisos se podrán tramitar de forma directa bien a través del registro electrónico o bien desde los correos habilitados a tal fin. El personal docente deberá utilizar estos según el cuerpo de pertenencia:
    • spd_licencias_primaria@murciaeduca.es
    • spd_licencias_secundaria@murciaeduca.es
  • En el caso de usar el correo electrónico, siempre se remitirá la solicitud desde el correo corporativo@murciaeduca.es.
  • Para una mejor información sobre el procedimiento a seguir (plazos, documentación, objetivo de cada uno de los tipos de licencias y permisos…) se deberá consultar el manual correspondiente.
  • Los diferentes modelos de solicitud se encuentran a disposición de las personas interesadas en esta pagina de CARM.
  • Las solicitudes que así lo precisen deberán adjuntaren un solo correo electrónico, junto a la solicitud complementada en sus campos necesarios, toda la documentación que según el manual sea necesaria (informe positivo del director del centro…).
  • Una vez recibida la solicitud la sección correspondiente se pondrá en contacto con la persona interesada solo en caso de necesidad.
  • La aceptación de la licencia quedará reflejada en la zona privada de Educarm de la solicitante.

Modelos de solicitud.


-PERMISO DE MATERNIDAD/ PATERNIDAD

Tabla maternidad

Descarga la tabla de permisos de maternidad y paternidad en este enlace.

Tras el acuerdo tercero de la Mesa General de negociación del 13 de diciembre de 2021 se incorpora un permiso retribuido de cinco días hábiles, pudiendo estos ser alternos o continuados, a las mujeres embarazadas a disfrutar entre la semana 33 y 37de embarazo con anterioridad al permiso para las empleadas públicas en estado de gestación.

—————–

-PERMISO PARCIALMENTE RETRIBUIDO (AÑO SABÁTICO):

La modalidad de este permiso con retribución parcial será la de trabajar cuatro años y librar el quinto, cobrando durante los cinco años el ochenta y cuatro por ciento de las retribuciones correspondientes.

Se justifica asimismo esta medida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuando en su artículo 105 «Medidas para el profesorado de centros públicos», apartado 2.d) establece que «Las Administraciones educativas favorecerán: El desarrollo de licencias retribuidas, de acuerdo con las condiciones y requisitos que establezcan, con el fin de estimular la realización de actividades de formación y de investigación e innovación educativas que reviertan en beneficio directo del propio sistema educativo».

Los derechos y obligaciones que su disfrute conlleva para cada una de las partes, así como los requisitos y condiciones de disfrute, tanto en condiciones normales como ante el acaecimiento de circunstancias extraordinarias sobrevenidas vienen concretatas en la Orden de 29 de junio de 2006, por la que se establecen las condiciones de disfrute del permiso parcialmente retribuido previsto en el objetivo de mejora de las condiciones de trabajo del profesorado acordado en el Pacto Social por la Educación en la Región de Murcia. (BORM del 12 de agosto)

El plazo de presentación de solicitudes será entre el 1 y el 31 de mayo de cada año y, caso de ser aceptadas, producirán sus efectos a partir del inicio del curso siguiente.

Documentación a presentar:

  1. Solicitud según modelo normalizado
  2. Hoja de autobaremación de los méritos (anexo II), en la que deberán invocar y relacionar todos los méritos que desean les sean baremados.
  3. Proyecto con un máximo de cinco folios, que deberá responder a las necesidades personales de formación que tenga planteadas y definirá, al menos, algunas de las actuaciones a través de las cuales se pretende obtenerlas.

ANEXOS:

Observaciones: En el Modelo de autobaremación de los méritos (anexo II), deberán invocar y relacionar todos los méritos que desean les sean baremados. Proyecto con un máximo de cinco folios, que deberá responder a las necesidades personales de formación que tenga planteadas y definirá, al menos, algunas de las actuaciones a través de las cuales se pretende obtenerlas.

—————–

-EXCEDENCIAS:

Las excendencias quedan reguladas en dos normativas: La Ley de Función Pública (Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia) y el EBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.)

  • Cuidado de familiares Artículo 59 de la LPF/ Artículo 89 del EBEP.
  • Voluntaria (por interés particular): Artículo 58 de la LPF / Artículo 89 del EBEP.
  • Voluntaria (por agrupación familiar): Artículo 89 del EBEP.
  • Por razón de violencia a funcionaria: Artículo 89 del EBEP.
  • Forzosa: Artículo 60 de la LPF
  • Carpetilla a presentar para el reingreso

La solicitud de debe realizar por Sede Electrónica, a través de una instancia general: Procedimiento 2769, Gestión de Recursos Humanos.

Cualquier duda que se tenga puede consultarse con la Consejería antes de realizar la solicitud en el siguiente email:

  • spd_licencias_primaria@murcaieduca.es
  • spd_licencias_secundaria@murciaeduca.es

-PERMISOS POR PARENTESCO

Permisos enfermedad

-ENLACES RELACIONADOS:

Compartir en WhatsApp Compartir en Telegram Compartir en Print-Friendly